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Desde 2018, casi 400 carpetas de investigación por delito de aborto en CDMX

Sin importar la despenalización dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a fines de 2021, el aborto continúa tipificado como delito en la capital del país; sólo en los primeros cinco meses de 2002 se abrieron 80 carpetas de investigación por ese ilícito

7 / 08 / 22

EMEEQUIS.- En septiembre de 2021, la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, exponía en su cuenta de Twitter: “Hace unos días la SCJN (Suprema Corte de Justica de la Nación) decretó inconstitucional que una mujer sea encarcelada por este motivo. El gobierno de México trabaja para sacar de prisión a cualquier mujer encarcelada por ello. Hoy que se conmemora el día de acción global por la despenalización del aborto, se hace ya en condiciones muy distintas en nuestro país.”

Pese al discurso, desde el inicio del gobierno de Sheinbaum a mayo de 2022, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, inició un total de 393 carpetas de investigación por el delito de aborto en la capital. Y en solo 5 meses de 2022, ya van 80, el promedio más alto de los últimos 4 años.

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La Interrupción Legal de Embarazo (ILE) se legalizó en 2007 para la Ciudad de México antes de las 12 semanas de embarazo. Desde ese día, al primer trimestre de 2022, se realizaron más de 247 mil procedimientos. No obstante, el aborto continúa siendo un delito del que se siguen iniciando averiguaciones, pese a la decisión de la SCJN que despenalizó el aborto en septiembre de 2021.

MÁS AVERIGUACIONES POR ABORTO EN LOS ÚLTIMOS MESES

Según las estadísticas de incidencia delictiva de la CDMX, el aborto está catalogado como un “delito contra la vida y la integridad corporal”.  En este mismo apartado se encuentran delitos como “homicidios dolosos”, “homicidios culposos”, “abandono de personas” y “lesiones culposas”, entre otros.  

En promedio, la FGJCDMX abrió más carpetas de investigación por el delito de aborto en los últimos años que por feminicidio, tentativa de suicidio, tentativa de homicidio y peligro de contagio.

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No obstante, la estadística otorgada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) a la Fiscalía no desglosa la razón del aborto, el género del que cometió el delito ni qué artículo del Código Penal está infringiendo.

Desde el 2018, año en el que el aborto tuvo por primera vez un apartado específico en delitos contra la vida dentro de los boletines mensuales de la FGJCDMX (en 2017 y años previos no había un apartado específico) al 2021, el número de carpetas iniciadas se encuentra entre 79 y 132, y el promedio de carpetas abiertas al mes rondaba entre las 6.5 carpetas (en 2020) y 11, número más alto registrado en el periodo (2019).

Sin embargo, el 2022 vuela para ser el año con el promedio más alto de carpetas iniciadas por delito de aborto en los últimos 4 años: en solo 5 meses, las autoridades iniciaron 80 averiguaciones por este delito; es decir, en menos de la mitad del año, ya superó al 2020 y va en camino a ser el año con más averiguaciones por aborto desde su despenalización.

La razón de estas cifras tan altas puede encontrarse en los meses de marzo, abril y mayo de este año. Estos meses registraron 23, 14 y 25 carpetas abiertas por aborto, respectivamente. 2022, en tan solo 5 meses, presenta un promedio de 16 averiguaciones iniciadas al mes. Duplica el promedio de casi todos los 4 años previos.

En concreto, estos últimos 5 meses se tuvo la cifra más alta de averiguaciones iniciadas por el delito de aborto durante todo el mandato de Sheinbaum en la CDMX y desde el 2018.

ABORTO ¿DESPENALIZADO?

Según el decreto publicado el 26 de abril de 2007 en la antigua Gaceta Oficial del Distrito Federal donde se reformaron los artículos 144, 145, 146 y 147 del Código Penal para el Distrito Federal, se expone lo siguiente:

Art. 144: Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.

Art. 145: Se impondrá de tres a seis meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar, después de las doce semanas de embarazo. En este caso, el delito de aborto sólo se sancionará cuando se haya consumado. Al que hiciere abortar a una mujer, con el consentimiento de ésta, se le impondrá de uno a tres años de prisión.

Art. 146: Aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada. Pare efectos de este artículo, al que hiciere abortar a una mujer por cualquier medio sin su consentimiento, se le impondrá de cinco a ocho años de prisión. Si mediare violencia física o moral, se impondrá de ocho a diez años de prisión.

Art. 147:  Si el aborto o aborto forzado lo causare un médico cirujano, comadrón o partera, enfermero o practicante, además de las sanciones que le correspondan conforme a este capítulo, se le suspenderá en el ejercicio de su profesión u oficio por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

El 13 de septiembre de 2021, la SCJN votó a favor de la despenalización del aborto. Medios de comunicación retomaron la noticia como un hecho “histórico”. Es decir, a partir de esa fecha, penalizar el aborto sería ilegal.

En febrero de 2022, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, anunció que abogados públicos de México se encontraban revisando alrededor de 100 procesos jurídicos ligados a abortos penados en todo el país. Sin embargo, no expuso cuántas mujeres podrían estar en prisión por este delito.

Por otro lado, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en un pronunciamiento, pidió que se dé seguimiento a los casos de mujeres que se encuentran privadas de la libertad por haber abortado.

A pesar de estos avances, el año posterior a la despenalización del aborto, 2022, puede convertirse en el año con más carpetas de investigación relacionadas al aborto.

@aldo_canedov

@emeequis

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Aldo Canedo



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